¿Cómo enviar los estados financieros anuales de las compañías en Ecuador?

Dentro de los primeros cuatro meses del año, las compañías deben remitir a la Superintendencia de Compañías, los 4 estados financieros anuales principales, que son:

  1. Estado de situación financiera (activos, pasivos y patrimonio)
  2. Estado de resultados integral (ingresos, costos, gastos y resultado)
  3. Estado de cambios en el patrimonio
  4. Estado de flujo de efectivo

Una vez enviados estos estados financieros, se deben pagar las contribuciones a la Superintendencia de Compañías, en el caso de tener más de 75 mil dólares en activos reales. En caso de tener menos en activos, no se paga dicha contribución. La tabla para el cálculo es la siguiente:

Vamos a poner un ejemplo de una compañía que tiene 80 mil dólares en activos reales. El cálculo sería el siguiente:

(80000 * 0,71) / 1000 = $ 56,80

Por otro lado, los estados financieros deben ser enviados con sus anexos, que son los documentos siguientes:

  1. Notas a los estados financieros (políticas aplicadas)
  2. Informe del gerente general sobre los estados financieros
  3. Acta de junta o asamblea de accionistas o socios que apruebe los estados financieros
  4. Informe de auditoria externa (cuando se tienen activos totales superiores a 500 mil dólares).
  5. Informe del comisario (en caso que los estatutos lo indiquen).
  6. Certificado del RUC

En caso de no enviar los estados financieros dentro de los 4 primeros meses del año o dentro de las prórrogas concedidas, la Superintendencia de Compañía tiene la facultad de poner una multa que puede ser desde 1 hasta 12 salarios básicos unificados, es decir, $ 450 hasta $ 5.400 dólares (calculado con el salario básico del 2023).

Por último, es importante mencionar que los estados financieros, además de ser una obligación legal, son documentos relevantes para conocer la situación económica de la empresa y poder tomar mejores decisiones para el crecimiento de la misma. Asimismo, hay que tomar en cuenta que estas son las reglas vigentes con corte al mes de febrero del 2023, las cuales pueden ser cambiadas por el SRI o por alguna reforma legal posteriormente.

Publicado: 22 de febrero del 2023

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